RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Música, Diseño, y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, la prueba de nivel de las enseñanzas de Música, la prueba de acceso al máster en enseñanzas artísticas de interpretación musical, así como el proceso de admisión para los centros públicos, en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2025-2026, en las convocatorias de junio y septiembre
ORDEN EDU/324/2016, de 20 de abril, por la que se regulan las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Música, Diseño, Artes Plásticas y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, la prueba de nivel de las enseñanzas de Música y la prueba de acceso a las enseñanzas de máster en enseñanzas artísticas, y se establece el proceso de admisión para los centros públicos, en la Comunidad de Castilla y León.
Plazas disponibles en la convocatoria ordinaria del Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño de Interiores: 22
plazas
Podrán acceder a cualquiera de las enseñanzas artísticas superiores quienes estén en posesión del requisito académico establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las Enseñanzas Artísticas Superiores.
El requisito académico se podrá acreditar mediante alguno de los siguiente documentos:
Además de:
Estarán exentos de realizar la prueba de acceso y participarán en el proceso de admisión:
La prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño constará, para todas las especialidades, de un único ejercicio que comprenderá las partes que se determinan a continuación:
Las especificaciones sobre el contenido de las pruebas, la forma de evaluación y, en su caso, los materiales necesarios para su realización, se publicarán en los tablones de anuncios y en las páginas web de los centros de enseñanzas artísticas superiores donde se vayan a celebrar las pruebas, al menos con quince días naturales de antelación a su realización.
Aquellos solicitantes que no hubieran superado la prueba de acceso o de nivel en la convocatoria ordinaria podrán solicitar la inscripción a través de una nueva solicitud, en el supuesto de abrirse un nuevo proceso de acceso y admisión por existir plazas vacantes. En el caso de la prueba de acceso, deberán abonar de nuevo los correspondientes precios públicos.