La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).
RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, por la que se concreta el proceso de admisión del alumnado a escuelas infantiles y otros centros que impartan enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León, para cursarlas en el curso académico 2024-2025.
Período ordinario: Desde el 14 de marzo al 3 de abril de 2024 (hasta las 14h).
La presentación de más de una solicitud para acceder a las mismas enseñanzas o su presentación fuera del plazo establecido dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad y se tramitará en el proceso ordinario con la puntuación de cero.
Solo en el supuesto de que se quiera optar a dos modalidades de bachillerato siendo una de ellas la de Artes, se podrán presentar dos solicitudes, una de cada modalidad, teniendo prioridad la de Artes sobre la otra.
El día 11 de marzo se expondrán en el tablón de anuncios de Secretaría los listados de plazas vacantes aprobadas para el curso académico 2024-2025. También podrán consultarse en la web.
La solicitud podrá enviarse a través de una aplicación web específica, disponible cuando se inicie el plazo, e implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia, y familia numerosa cuando hayan sido reconocidas por la Comunidad de Castilla y León, o trabajador de centro sostenido con fondos públicos cuando preste sus servicios en esta Comunidad. Siendo necesario la alegación + la autorización expresa en la verificación de datos de Renta y Discapacidad en el caso de ser necesario su baremo.
En la cumplimentación de la solicitud se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
En el caso de alegar el domicilio familiar a efectos de baremo, deberá corresponder con aquel donde el alumnado solicitante de plaza escolar se encuentre empadronado y si es menor de edad donde esté el alumnado con al menos uno de sus progenitores o tutores, que deberá figurar como «solicitante 1».
El alumnado ACNEE (Alumnado con necesidades educativas especiales) deberá solicitar las plazas reservadas para su escolarización en los centros docentes. La ocultación de la necesidad educativa del alumnado podrá conllevar la pérdida de la plaza adjudicada.
La presentación de más de una solicitud para acceder a las mismas enseñanzas o su presentación fuera del plazo establecido dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad y se tramitará en el proceso ordinario con la puntuación de cero.
Solo en el supuesto de que se quiera optar alternativa o simultáneamente a enseñanzas de régimen especial y de régimen general, o a dos modalidades de bachillerato siendo una de ellas la de Artes, se podrán presentar dos solicitudes, una de cada modalidad, teniendo prioridad la de Artes sobre la otra.
En el caso de que la solicitud no esté firmada por los dos progenitores, se deberá aportar la documentación pertinente que justifique tal circunstancia. De no acreditar la omisión de un segundo progenitor, la solicitud podrá no ser tramitada.
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará la siguiente documentación:
En su caso:
LA SOLICITUD DEBERÁ SER PRESENTADA POR ALGUNO DE LOS SOLICITANTES QUE APARECEN EN LA SOLICITUD. EN EL CASO DE SER PRESENTADA POR OTRA PERSONA, ÉSTA DEBERÁ APORTAR FOTOCOPIA DEL DNI/NIE DE LOS SOLICITANTES EN LA QUE SE INCLUYA AUTORIZACIÓN ESCRITA DE ÉSTOS PARA PRESENTARLA EN SU NOMBRE
Modos de realizar la solicitud:
Al finalizar de cumplimentar el formulario web, se mostraran 2 opciones
a) "acreditación electronica de al menos uno de los solicitantes"
Con carácter general, en el formulario web de solicitud se consignarán como solicitantes ambos progenitores o tutores legales del alumno.
En caso de poder acreditar electrónicamente la identidad de al menos uno de los solicitantes –que deberá figurar como «solicitante 1»– mediante certificado electrónico o DNI electrónico, la cumplimentación de la solicitud proseguirá y será necesario adjuntar una declaración responsable de conformidad con la solicitud firmada por el otro progenitor.
Una vez finalizada la cumplimentación y adjunta la documentación correspondiente, la solicitud será remitida de forma automática al centro docente solicitado en primera opción y el registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen la misma. Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el
interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido
la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.
Declaración responsable Solicitud web 2024 (108.8 KB) (1 página)
La declaración responsable será firmada por el progenitor/a, /tutor/a, que no hubiese cumplimentado la solicitud si lo hubiera.
Para ello deberá descargarla , y una vez firmada , incorporarla como documentación adjunta.
b) "NO se dispone de acreditación electronica "
De no poder acreditar electrónicamente la identidad por los citados medios,al finalizar la cumplimentación del formulario web se generará una copia de la solicitud que será necesario imprimir, firmar por ambos solicitantes en su caso, y entregar presencialmente en el centro docente solicitado en primera opción junto con toda la documentación acreditativa que corresponda, tras lo que la solicitud adquirirá el estado de formalmente presentada.
Para aquellos casos en los que no resulte posible el uso del formulario , en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación se dispondrá de solicitudes en formato impreso. Estas solicitudes se cumplimentarán manuscritas, firmarán y presentarán de forma presencial en el centro docente elegido como primera opción, junto con la documentación acreditativa que corresponda.
Los participantes dispondrán de la aplicación informática en línea «ADMA» de consulta ON-LINE del ciudadano en el proceso de admisión (enlace) , disponible en el Portal de Educación a través de: «Familias» / «Gestiones y Consultas» / «Aplicación Admisión Alumnos».
Los participantes que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS a su teléfono móvil.